La maternidad es un viaje complejo, pero esta experiencia se transforma radicalmente cuando los muros de una cárcel se interponen. Lejos de ser solo un entorno de encierro, el centro penitenciario se convierte en un escenario donde el vínculo vital entre una madre y su hijo es puesto a prueba diariamente. Es una realidad que nos obliga a cuestionar los límites de nuestra justicia, el abandono estatal y el derecho inalienable de todo niño y niña a crecer bajo un cuidado protector, incluso en las circunstancias más adversas.

Mujer privada de libertad con su hijo en la Unidad Materno-Infantiles de la cárcel del Centro Penitenciario Femenino San Joaquín.

Podcast | Capítulo I
Apegos y primeros vínculos
Para los seres humanos, el apego materno es la relación más profunda e importante que puede existir. Es este vínculo el que permite descubrir las emociones que ayudan al desarrollo emocional de cada persona durante los primeros años de su vida. Hablamos de una relación a largo plazo, capaz de entregar una estabilidad que marcará a esa persona para siempre. Sin embargo, según los especialistas, cuando diversos factores obligan a separar a una madre de su hijo o hija, el impacto en la salud mental y emocional del menor es directo. Incluso, se ha abordado que la violencia obstétrica también tiene consecuencias en el lactante y probablemente a futuro en su vida. Esta práctica golpea fuertemente a la madre: si no hay un diagnóstico y un tratamiento posterior que le permita superar esos traumas, existirá un riesgo en la relación con su hijo o hija.
En esa misma línea, la matrona Claudia Valenzuela explica que el apego es fundamental en los primeros años de formación, pero se ve gravemente vulnerado por el contexto de la maternidad intrapenitenciaria. Bajo la actual legislación chilena, cuando un lactante cumple los dos años debe ser separado de su madre y retirado del recinto penal. Esta situación tendrá consecuencias en la salud emocional de ese menor que, probablemente, lo afectarán por el resto de su vida.

Además, cuando estos menores deben salir de la cárcel, la red de apoyo que los rodea es un pilar fundamental para que no sufran por los severos cambios que enfrentan al abandonar el recinto penal. La presencia del núcleo familiar es necesaria para su resguardo y contención emocional, aunque, lamentablemente, no siempre está presente.
“Es tremendamente importante porque, en los tres primeros años de vida, principalmente la relación con la madre es lo que marca muchísimo la salud mental de un adulto, de una persona, de un ser humano. Esos tres primeros años son claves. Claves, claves, claves. Entonces, separar a un niño de su madre, o que esta relación se vea interrumpida por violencia o por equis situaciones, evidentemente va a repercutir en la salud mental y emocional de esa persona. A grandes rasgos se está estudiando que, por ejemplo, vivir un parto o un nacimiento muy traumático también tiene ciertas repercusiones. La violencia ginecológica es muy relevante también en el tema de los vínculos posteriores, porque muchas veces las mujeres quedan con traumas que no resuelven y eso repercute, evidentemente, en la relación posterior con el hijo, con la cría. Sobre todo si no tiene una red de apoyo adecuada. Imagínate a una mujer en la cárcel, ¿qué red de apoyo tiene esa mujer? Está absolutamente sola, privada de libertad”, sostiene Valenzuela.
No obstante, la presencia de estos niños y niñas lactantes menores de dos años en el interior de una cárcel es una situación que genera preocupación en los organismos que se relacionan de manera directa o indirecta con la realidad de la maternidad intrapenitenciaria. Estas inquietudes aparecen porque, en la actualidad, los recintos penales del país no cuentan con una infraestructura que permita el desarrollo normal de los menores que habitan en ese espacio. Así, cuando comienzan a crecer y a interactuar con su entorno, lo hacen en un lugar físico que no está acondicionado para ellos.
“Al hablarlo con la psicóloga a cargo de la sección de sala cuna, ella dice que dos años es una edad muy extensa para que estos menores estén privados de libertad junto a la madre, justamente, porque se produce un estrés desde el momento en que los niños empiezan a caminar hasta que se dan cuenta de que están en un lugar que no es lo normal para un niño. Un lugar donde hay accesos y horarios que son restringidos, entonces ahí se produce un estrés en los niños”, explica Keomara Henríquez, abogada defensora penitenciaria de la Defensoría Penal Pública.​​​​​​​
En la actualidad, las madres privadas de libertad en Chile conviven en un mismo espacio de los recintos penales junto a sus hijos, sin importar que los niños y niñas tengan edades distintas entre sí. Esta realidad inevitablemente genera roces debido al estrés cotidiano: cada mujer tiene sus propias formas de crianza, trayectorias de vida muy diferentes y surgen tensiones por motivos tan cotidianos como el llanto de los bebés. En el encierro, cualquier detalle que en otro entorno pasaría desapercibido termina maximizándose. A esto se suma que la convivencia ocurre dentro de una cárcel, por lo que las dinámicas propias de la realidad penal se mantienen intactas, tal como lo detalla Keomara Henríquez.
Conviven en una misma sección mujeres embarazadas, guaguas recién nacidas y niñas y niños que están cercanos a los dos años. Entonces, es normal que un niño de dos años ya probablemente duerme toda la noche, pero las guaguas no, van a llorar toda la noche y despertarán al resto. Conviven todas en una sola sección, que está dividida con separadores, pero todo se escucha. Por ejemplo, si una interna enciende la luz de noche, todos van a recibir esa luz. Sin embargo, van a ocurrir comportamientos de cárcel igual, y deben cumplir con horarios también. No pueden estar todo el tiempo en el patio. Habrá un tiempo donde tendrán que estar en el interior del dormitorio y un tiempo que podrán estar en el patio”.
Para diversas organizaciones que nacieron con el fin de acompañar a estas mujeres, la realidad que atraviesan los niños es una condena injusta, pues el delito lo cometió la progenitora y no ellos. Vivir los primeros años de formación tras las rejas frena el desarrollo psicosocial de los pequeños, quienes crecen aislados de sus familias y de sus propios pares.
El panorama se vuelve aún más complejo cuando el lactante cumple los dos años y debe abandonar el recinto penal. Esta separación forzosa de su madre causa un impacto emocional que podría acompañarlo durante toda la vida. Para las personas voluntarias de estas organizaciones, este quiebre refleja cómo el Estado chileno termina condenando a la infancia a una inestabilidad constante, al no hacerse cargo del problema de fondo detrás de ese encarcelamiento temprano: la extrema vulnerabilidad en la que están sumergidos.​​​​​​​
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“El Estado está haciendo pagar al padre o a la madre, a la madre en este caso, pero no se hace cargo de sacar a ese niñito de esa realidad. Muchos se forman delincuentes porque la vida no les permite otra opción. No tienen ningún familiar, no tienen a alguien que los guíe, que les haga cariño. Está ese vacío emocional de las dos partes. De esta mujer que no fue pilar para su hijo, afectivamente ni como formadora, y del hijo, por otro lado, que sufre la carencia de todo este afecto, esta formación, que a veces lo desvía de un buen camino”, afirma Loreto Zúñiga, voluntaria de la Pastoral Católica de la Cárcel de San Joaquín.
Bajo la legislación chilena, si la condena de la madre implica un cumplimiento efectivo prolongado, el niño solo puede permanecer con ella hasta los dos años. Cumplida esa edad, es retirado del recinto penal y entregado a su red familiar o al Servicio Nacional de Menores (SENAME), institución que lo derivará a un hogar de protección o casa de acogida. No hay excepciones a esta regla. Si la sentencia supera ese umbral de tiempo, el menor enfrentará un desapego forzoso. Esta separación abrupta de su progenitora le generará profundas consecuencias emocionales y una grave vulneración a sus derechos fundamentales, tal como lo explica la abogada María Jesús Fernández.
“Esto, en el niño, tiene un montón de efectos. Hay que imaginarse lo que significa separar a un niño o una niña de su madre y, muchas veces, también de sus hermanos. Tiene consecuencias emocionales, sociales, naturalmente hay una culpa, hay un estigma, de tener a la mamá presa. Las consecuencias que provoca en estos niños y niñas, conforme a estudios internacionales y planteamientos de organismos internacionales de Derechos Humanos, pueden llegar a transmitir pobreza intergeneracional, y posteriormente tener una mayor incidencia en comportamientos delictivos”.
Para atenuar este impacto, Gendarmería de Chile ha desarrollado programas de acompañamiento y apoyo orientados a sostener los vínculos afectivos mientras dura la condena. Sin embargo, la responsabilidad de proteger esta relación familiar, un derecho inherente a todo ser humano, debería convocar a otras instituciones del Estado y no recaer exclusivamente en Gendarmería. Los especialistas consultados en esta investigación coinciden en la urgencia de un trabajo más profundo para resguardar el apego materno y los primeros nexos emocionales de estos menores. Sobre todo al considerar un dato revelador que se abordará en el siguiente capítulo: la mayoría de las mujeres hoy privadas de libertad son madres que terminaron en la cárcel por delitos cometidos, principalmente, para sustentar a sus propias familias.
“Se cree que debe trabajarse más en mantener el vínculo de las madres con sus hijos e hijas. Es fundamental, porque esa situación acrecienta mucho el sufrimiento de las mujeres privadas de libertad. Considerando que son delitos con una base económica y que no son delitos violentos, no requieren el mismo sentido de reinserción social o de rehabilitación que en el caso de los hombres, que sí cometen delitos violentos”, expone Keomara Henríquez.
Ante este escenario, los juristas subrayan la necesidad de revisar las garantías que entrega el sistema penal chileno. En la actualidad, faltan medidas que aseguren el proceso formativo de estos niños respetando su derecho a la comprensión y contención, especialmente en familias donde la madre es el pilar fundamental. Para el jefe del Departamento de Estudios de la Defensoría Penal Pública, Pablo Aranda, es imperativo analizar caso a caso. Mientras algunas familias extendidas pueden y quieren asumir el cuidado del menor, en otros casos esa red no existe. Es allí donde niños y niñas lactantes entran de golpe al mundo de la institucionalización, alejados de la protección que les brindaba su madre.
“En ese caso hay que analizar la situación. Saber qué pasa. Si hay familia externa, si hay familia que quiera quedarse con el niño. Normalmente, cuando viene la mamá o la hermana de la mujer privada de libertad, ellas entregan a sus hijos. Pero a veces no, y eso es lo complicado. Ahí empieza la institucionalización, el SENAME, hogares de protección. Es muy complejo. Siempre se trata de propender que el niño crezca con la madre en el mejor ambiente posible y eso es muy complejo al interior de una cárcel. Por muy pintada que esté, es una cárcel. Está cerrada, están con custodia de Gendarmería, en algunos casos hay normas estrictas. A pesar de que se den algunas facilidades, como el tema de la lactancia, yo creo que todos concuerdan en que no es un buen ambiente para ser madre ni para crecer como ser humano”, explica Aranda.​​​​​​​

Mujer privada de libertad con su hijo junto a una funcionaria de Gendarmería de Chile
en el patio de la Unidad Materno-Infantiles de la cárcel del Centro Penitenciario Femenino San Joaquín.

Podcast | Capítulo 2

Derecho a la maternidad tras las rejas
Según los informes desarrollados por la Defensoría Penal Pública durante los últimos años, la realidad de la gran mayoría de estas mujeres está cruzada por la pobreza, el analfabetismo y su condición de jefas de hogar en familias monoparentales, muchas veces a cargo de varios hijos. Para entender este fenómeno, es necesario observar la estructura de nuestra sociedad y de las culturas más humildes de Latinoamérica. Históricamente, se ha asumido que la crianza y el cuidado recaen de manera exclusiva en la madre, mientras el padre asume el rol de proveedor. Sin embargo, los datos de la Defensoría revelan que esta dinámica se quiebra cuando las mujeres, únicas sostenedoras de su núcleo, enfrentan un trabajo doméstico no remunerado y una baja escolaridad. Al verse obligadas a salir a trabajar, se encuentran con sueldos que no alcanzan para la manutención básica de su familia. Sin una red de apoyo ni contención, caen en un círculo vicioso donde la alternativa más viable, y a la vez menos dolorosa, es buscar una forma de generar dinero desde casa para cuidar a sus hijos y protegerlos del entorno vulnerable en el que habitan.
Es en este punto donde el tráfico de drogas aparece como la opción más accesible para sostener a los suyos. Hablamos de personas con escasos años de estudio, que provienen de contextos de extrema marginalidad y que, en muchos casos, arrastran un historial de violencia intrafamiliar.
“La mayoría de las mujeres privadas de libertad son madres solteras y son las sostenedoras del hogar. En todo ese contexto, por supuesto que hay un resultado que es más que vulnerable, que tiene que ver solamente con lo económico. Las mujeres jefas de hogar hacen un trabajo que no será remunerado. Deben salir a trabajar, no tienen con quién dejar a los hijos, y así van cayendo en un círculo vicioso en que, al final de cuentas, cometer un delito que pueda hacerse desde la casa parece ser la única opción plausible”, sostiene Keomara Henríquez.
Precisamente por su rol de jefas de hogar, el microtráfico se convierte en el ilícito más frecuente, pues les permite generar ingresos sin abandonar sus casas ni la crianza. Al vender pequeñas cantidades, guardar paquetes o moverlos en distancias cortas, logran estar pendientes de las necesidades de su familia. A pesar de estar infringiendo la ley, siguen siendo madres presentes: cocinan, acompañan a los niños al colegio y los ayudan a estudiar. En la gran estructura del narcotráfico, ellas ocupan el eslabón más bajo; no lideran organizaciones criminales, sino que asumen roles menores, de supervivencia y de alto riesgo.
El problema estalla cuando son descubiertas. Tras ser detenidas y enfrentar un juicio oral, la justicia muchas veces ratifica las acusaciones del Ministerio Público, condenándolas a penas efectivas. Esto significa el traslado inmediato a alguno de los recintos penales habilitados para población femenina en el país. En Chile existen 84 cárceles, de las cuales solo cinco son Centros Penitenciarios Femeninos exclusivos, mientras que otras 19 operan como recintos mixtos con secciones para mujeres. Hoy, solo en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, el recinto de mujeres más grande a nivel nacional, hay 470 internas cumpliendo su condena. Al mismo tiempo, otras esperan su destino bajo prisión preventiva en la Cárcel de San Miguel o cumplen sus sentencias en las secciones femeninas de distintas regiones, enfrentando una realidad de encierro que termina por fracturar irremediablemente a sus familias.
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Para la abogada de la Universidad de Chile e integrante del Comité de Prevención contra la Tortura del Instituto Nacional de Derechos Humanos, María Jesús Fernández, el encarcelamiento femenino en nuestro país es un proceso lleno de dolor. Las mujeres privadas de libertad viven esta realidad profundamente marcadas por la maternidad, pues la mayoría son jefas de hogar donde la figura paterna está ausente. Esta historia se repite en diversos penales del territorio nacional. En gran parte de los casos, la condena de la madre significa el desmoronamiento de la familia: los menores quedan a la deriva, perdiendo de golpe a su principal cuidadora y a su mayor pilar afectivo. A pesar de esto, desde el encierro, ellas siguen pendientes de sus hijos e hijas.
La mayoría de las mujeres no contaba con el padre de sus hijos al momento de su privación de libertad. Entonces, esto quiere decir que los niños quedan donde un familiar o donde varios familiares, tienden a ser separados de sus hermanos o los ingresan en instituciones estatales como el SENAME y así. A las mujeres madres privadas de libertad todo esto les produce gran angustia y una enorme preocupación. La gran mayoría de las mujeres, al final, siguen ejerciendo su rol de madre desde la cárcel, preocupándose de que a los niños los lleven al doctor, preocupándose de que los niños vuelvan del colegio y tomen su once. Naturalmente, es una situación que a ellas las abruma de manera brutal”, detalla Fernández.
Ahora bien, cuando los hijos de estas mujeres atraviesan la preadolescencia o la adolescencia, el encierro agudiza las tensiones. Aparece una rebeldía natural en los menores que choca de frente con la profunda culpa que sienten estas madres por su situación judicial. Muchas confiesan sentirse incapaces de exigirles un buen comportamiento, responsabilidad con sus vidas o dedicación a los estudios para forjarse un futuro mejor. De hecho, la frase ‘cómo le voy a pedir a mi hijo que se porte bien si sabe que yo delinquí y estoy privada de libertad’ es una constante que las atormenta y define la emoción predominante de vivir la maternidad al interior de una cárcel. Pese a esta angustia, el deseo de sostener la crianza a la distancia suele convertirse en su mayor motivación para salir en libertad. Así lo explica Keomara Henríquez, abogada intrapenitenciaria de la Defensoría Penal Pública.
“Al ejercer la defensa en el Centro Penitenciario Femenino, es notorio que la mayor preocupación de estas mujeres son los hijos. No es un cliché. Es una realidad. Cada vez que se realiza una entrevista a una interna, ellas quieren conocer los tiempos mínimos para postular a beneficios y saber cuándo volverán a sus casas. Cuando recién son condenadas a largas sentencias, las internas dicen ‘cómo va a ser una condena tan larga si tengo que hacerme cargo de mis hijos’. Buscan saber cuándo cumplirán la condena. Todo es en relación a sus hijos. Hay efectos psicológicos que son atendidos en el dispositivo de salud mental transitorio del penal, porque perder el control de la crianza de los hijos también las afecta mucho. No es solamente perder el contacto, sino perder el control de la crianza. Es una maternidad que se vive con mucho miedo, con mucha ansiedad y con mucha tristeza”.​​​​​​​
Es clave señalar que la privación de libertad afecta de manera directa la relación de estas mujeres con sus hijos e hijas que viven extramuros. El encarcelamiento femenino provoca un quiebre profundo en los afectos al imponer una separación forzosa del apego maternal. A partir de entonces, la presencia física de la madre desaparece del cotidiano de los niños, limitando el contacto únicamente a los días de visita en el recinto penal.
En el último tiempo, Gendarmería ha implementado otras vías de comunicación, como llamados o videollamadas. Estas alternativas comenzaron a utilizarse durante el peor momento de la pandemia del coronavirus, cuando las cárceles cerraron sus puertas y suspendieron las visitas para evitar brotes de contagio. Aun así, el uso de celulares, aunque ocurra de manera ilegal, es una constante en los recintos de población femenina. Para estas madres, el teléfono a escondidas es la herramienta fundamental que les asegura un contacto fluido con sus hijos.
“Normalmente, cuando Gendarmería encuentra un celular en el módulo de un hombre en Colina o en la Penitenciaría, muchas veces ese mismo celular está siendo utilizado para seguir cometiendo actos delictivos, mantener la organización del tráfico de drogas, hacer el ‘cuento del tío’, entre otras cosas. Pero cuando encuentran un celular en una cárcel de mujeres, normalmente ese teléfono está siendo utilizado para saber cómo está la familia, saber si su hijo está yendo al colegio, saber qué almorzaron, saber si fueron al cumpleaños de alguna tía. En ese contexto, el sistema de justicia no recoge la situación de manera adecuada y se castiga la tenencia de celulares. Pero hay razones que son, no se sabe si llamarlas humanitarias, pero pega en el palo... el hecho de que el sistema penal debiera ser diferenciado en este ámbito. La administración penitenciaria y sus normas debiesen tener un enfoque de género que hoy no lo tienen”, explica Pablo Aranda.
Esta dinámica de separación a distancia ocurre con los hijos mayores. Actualmente, la legislación chilena permite que las madres ingresen a los recintos penales junto a sus hijos lactantes para cumplir su condena efectiva. El problema radica en que el límite legal para esta convivencia son los dos años. Cumplida esa edad, el menor debe salir. En el mejor de los casos, es entregado al cuidado de familiares. Cuando esta red de apoyo no existe o no puede hacerse cargo, el niño es derivado a hogares del Servicio Nacional de Menores (SENAME) o a casas de acogida. Al menos, así es en el papel. A estos lactantes se les conoce como “niños y niñas en privación de libertad”, y durante sus dos primeros años de vida su única noción del mundo será el interior de una cárcel.
A juicio de los especialistas consultados durante el proceso de investigación de este reportaje, esta realidad provoca severos desórdenes en el proceso de formación de los menores. Al no poder desarrollar los comportamientos naturales de la infancia, se ven obligados a regirse por reglas y horarios carcelarios que no comprenden. Además, terminan expuestos a las discusiones entre internas y a la tensión inherente al encierro, dinámicas que permean incluso en los espacios reservados para ellas.
“En la sección de la sala cuna, donde están separadas del resto de las internas en mejores condiciones y en un lugar acondicionado para recibir a esos niños y niñas, de todas formas se producen comportamientos de cárcel. Van a haber peleas, discusiones, habrán allanamientos. Entonces, por supuesto, no es una maternidad normal”, sostiene Keomara Henríquez.
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Para el abogado de la Unidad de Defensa Especializada del Departamento de Estudios y Proyectos de la Defensoría Penal Pública, Rodrigo Lillo, la maternidad al interior de una cárcel es una situación compleja que todavía arrastra múltiples carencias. El encierro, de por sí, acentúa los problemas que una persona ya acarrea en su vida. A las dificultades propias del contexto se suma una condición estructural insoslayable: las cárceles fueron diseñadas para ser habitadas por hombres. El sistema penitenciario del país tiene una profunda deuda en el respeto a los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad. Estos factores vuelven aún más hostil el proceso de sobrellevar una maternidad, desde el embarazo y el período prenatal hasta el parto y la posterior convivencia con el bebé dentro del penal.
En el caso de la maternidad, existen varias dificultades estructurales y transversales. En primer lugar, la cárcel está configurada y diseñada para hombres adultos, por lo tanto, no está contemplada para mujeres. Menos para mujeres embarazadas. Siempre habrá una enorme dificultad para la permanencia de las madres y para que mantengan un vínculo sano con sus hijos. Desde ahí se derivan una serie de complejidades, como el hacinamiento que viven, la falta de atención de salud o la ausencia de los servicios más mínimos que necesita una mujer gestante. Las cárceles no tienen asistencia ginecológica permanente, sino que las llevan de vez en cuando a un hospital. Los testimonios dicen que, por ejemplo, no hay un control adecuado y enfrentan un largo trabajo de parto hasta que las contracciones llegan a un nivel insuperable. Estas mujeres son llevadas a los hospitales en una situación que es casi de urgencia”, señala Lillo.
Ante este panorama adverso, en los últimos años han surgido diversas organizaciones sociales con el fin de acompañar a estas mujeres. Nacieron como respuesta al abandono del Estado en aspectos tan básicos como la provisión de útiles de aseo e implementos menstruales. La mayoría de estas agrupaciones están conformadas por voluntarios y se autogestionan a través de campañas de financiamiento en redes sociales para cubrir las necesidades más urgentes. Otras operan bajo el alero de las iglesias, como es el caso de la Pastoral Católica de la Cárcel de San Joaquín.
Antes de la pandemia, las voluntarias de la Pastoral asistían constantemente al Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín para brindar apoyo. Una de ellas es Loreto Zúñiga, cuya labor le permitió establecer lazos profundos con las madres que viven junto a sus lactantes. Más allá de la dureza del entorno que le ha tocado observar, Loreto es enfática al señalar la profunda injusticia que recae sobre el menor.
“Son sentimientos bastantes encontrados. No puede olvidarse que ellas están pagando algún daño que le hicieron a la sociedad y, por otro lado, está ese niño pagando por algo que él no hizo. Una persona no elige a su familia, es lo que le toca a cada uno en la vida. Aquí uno se ve en la disyuntiva de qué es mejor. ¿Que el niño estuviera afuera sin su madre o que esté adentro, tras las rejas, con ella?”, cuestiona Zúñiga.
Además, esta voluntaria asegura que, si bien este sector está acondicionado para albergar a embarazadas o mujeres que acaban de dar a luz, sigue estando dentro de un recinto penal. Está lejos de ser un ambiente propicio para el desarrollo físico y emocional de un infante.
“La parte más bonita del Centro Penitenciario Femenino San Joaquín es la sección donde están los niños, pero sin dejar de ser cárcel. Son niños que no corren libremente como un niñito por el parque o por la plaza, porque tienen límites de rejas. Son niños que, junto con aprender a decir ‘mamá’, aprenden a decir ‘cabo’, y muchos dicen cabo antes que mamá. Tienen limitaciones de horarios. Solamente pueden correr en un espacio reducido, su mundo es ése. Y a los dos años, esos niñitos desaparecen de ahí”, subraya. Así, el dolor del desapego y la crítica institucional destacan ahora con mucha más claridad.
En su relato, Loreto Zúñiga aborda uno de los aspectos más lamentables del encarcelamiento femenino en el país: la separación forzosa de una mujer y su hijo lactante cuando este cumple los dos años. En Chile, la legislación permite que niños y niñas vivan en el recinto penitenciario con su madre hasta esa edad, habitando unidades especiales denominadas Unidades Materno-Infantiles. Esta decisión es voluntaria, pero está sujeta a la evaluación de un juez, quien aprueba el ingreso del menor conforme a la voluntad de la madre y a la existencia de un círculo de apoyo en el exterior. La normativa vigente intenta, de alguna manera, proteger el apego afectivo y los vínculos emocionales durante la primera infancia, tal como lo explica Sandra Haro, abogada de la Defensoría Penal Pública especializada en materias de género.
“En general, de acuerdo a la regulación del país, las madres tienen la posibilidad de estar con sus hijos lactantes hasta los dos años de edad. Para ejemplificar esta realidad, hay módulos y secciones especiales destinadas a mujeres embarazadas o con bebés. En recintos como el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín existen guarderías o jardines infantiles al interior de la cárcel. En otros centros existen coordinaciones con fundaciones como Integra, donde los niños son trasladados para asistir a la sala cuna. Pero, por lo general, se respeta el plazo de los dos años para que puedan permanecer con sus madres en estos módulos especiales”.
Sin embargo, cuando estos menores cumplen los dos años, la ley dicta que deben ser retirados de la cárcel y separados de sus madres. No hay excepciones. Durante el proceso previo a este desapego, Gendarmería de Chile desarrolla un trabajo de contención emocional y apoyo psicológico. El objetivo es evitar que esta ruptura forzosa genere mayores traumas, tanto en el menor que saldrá al mundo exterior como en la madre que continuará cumpliendo su condena. Si el impacto de esta separación resulta demasiado abrumador, la institución brinda atención médica dentro del mismo recinto, como detalla Keomara Henríquez.
Cuando el niño cumple dos años y se va de la cárcel, este quiebre no ocurre de un día para otro. Se hace un acompañamiento a cargo de una dupla psicosocial al interior del penal, conformada por una trabajadora social y una psicóloga, quienes intervienen antes del cumpleaños del menor. Para ir acostumbrándose, el niño comenzará a salir con su red de apoyo durante los fines de semana. Se realiza un trabajo psicológico con la madre para facilitar ese desapego. Si la situación se agrava y requiere atención psiquiátrica, está disponible el dispositivo de salud mental transitorio del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, que opera al interior del penal”.
Más allá del apoyo entregado, el momento de la separación resulta devastador para las madres. Su realidad al interior del penal cambia drásticamente. Son trasladadas desde las Unidades Materno-Infantiles hacia los patios comunes, donde deberán convivir con el resto de la población. Todo su entorno se transforma, tanto a nivel afectivo como físico. Algunas se enfrentarán por primera vez a un módulo habitado por mujeres que apenas conocen. Este quiebre marca un antes y un después en sus vidas, un dolor que Loreto Zúñiga describe con crudeza.
“Son días de llanto. Son absolutamente desapegadas de sus hijos. Les duele muchísimo saber que sus niños están fuera y que no podrán verlos con la frecuencia de antes. Son días de pena, de sufrimiento, y más aún cuando no existe una red de apoyo. Lo más probable es que esos niñitos se vayan al SENAME, porque si no hay una familia que los respalde, no pueden quedar en la calle”.
Frente a este escenario, Olga Espinoza, abogada, doctora en Ciencias Sociales de la Universidad de Chile e integrante de la Fundación Mujer Levántate, es categórica en señalar que la actual legislación nacional no asegura el respeto por los derechos fundamentales de las mujeres privadas de libertad ni los de sus hijos. El Estado chileno aún no garantiza el derecho a ejercer la maternidad de manera digna. Al carecer de políticas públicas centradas en el interés superior del lactante, se descuida tanto el proceso formativo del niño mientras vive en la cárcel, como el tremendo impacto del abandono que sufrirá tras la separación forzosa.
Las Reglas de Bangkok apuntan justamente a esta otra mirada, que es reconocer en principio que la cárcel no es un buen lugar para tener a un niño conectado a la privación de libertad de su madre. Pero el hecho de que la cárcel no sea un buen lugar no implica que el niño deba quedar en abandono. La primera premisa a defender es que un recinto penal no es un espacio adecuado para la infancia. Precisamente por eso, deben generarse todas las condiciones para que las mamás puedan cumplir su condena en el exterior. En caso de que no puedan hacerlo por diversas razones o justificaciones, hay que reducir el daño. Hay que mitigar el costo nocivo de que el niño viva en la cárcel y, por otro lado, el costo del abandono, que lamentablemente sigue siendo la práctica regular”, recalca la jurista.​​​​​​​

Niña lactante duerme siesta en el interior de la Unidad Materno-Infantiles de la cárcel del Centro Penitenciario Femenino San Joaquín.

Podcast | Capítulo III

El rol del Estado frente a la maternidad en una cárcel
El encarcelamiento femenino en Chile se vincula directamente a tres causas: hurtos, delitos contra la propiedad y tráfico de drogas en pequeñas cantidades. En el primer grupo, las mujeres suelen presentar una conducta reiterativa. En el segundo, el número de participantes es bastante menor. Sin embargo, el microtráfico es el factor predominante. Aunque la realidad penitenciaria femenina se explica a través de estos tres elementos, en los últimos años las condenas por la venta de drogas se transformaron en el principal motor del aumento de la población penal de mujeres.
Desde la reforma a la Ley 20.000 en 2015, normativa que sustituyó a la antigua Ley 19.336 sobre el tráfico ilícito de estupefacientes, el encarcelamiento femenino aumentó de manera exponencial y sigue creciendo hasta el día de hoy. La principal razón detrás de esta escalada es el tráfico de sustancias a menor escala. Según especialistas en materia penal, estos ilícitos son cometidos por personas con historias marcadas por la precariedad. Son mujeres que, “en muchos casos, ejercen un rol de jefas de hogar, madres de familias, con problemas de falta de vinculación escolar o laboral”, asegura Sandra Haro, abogada del Departamento de Estudios y Proyectos de la Defensoría Penal Pública.
Esta realidad se concentra mayoritariamente en el norte de Chile. Allí afecta sobre todo a mujeres indígenas y migrantes, perfiles que comparten un nivel de vulnerabilidad casi idéntico. Según la información recopilada por organismos especializados, la gran mayoría de ellas son contactadas por mafias internacionales en zonas rurales de Bolivia, en la ciudad peruana de Tacna o en Puno, a orillas del lago Titicaca.
Esas redes criminales buscan estratégicamente a mujeres solitarias, ya sean viudas o separadas. Su foco delictivo apunta a atraer madres solteras, con hijos enfermos o con deudas agobiantes. La promesa de un pago rápido por realizar el traslado las empuja a intentar saldar sus urgencias económicas, convirtiéndolas en el eslabón más frágil y expuesto de la cadena del narcotráfico: las llamadas "burreras" o "mulas".​​​​​​​
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Para el jefe del Departamento de Estudios de la Defensoría Penal Pública, Pablo Aranda, este contexto socioeconómico es el factor determinante a la hora de aceptar el trabajo de burreras. El dinero ofrecido frente a la vulnerabilidad extrema les da la esperanza de saldar deudas en sus lugares de origen. Sin embargo, muchas son sorprendidas con la carga y terminan privadas de libertad en alguna cárcel del norte de Chile. Inicialmente ingresan bajo prisión preventiva mientras avanza la investigación, y luego cumplen penas efectivas al resultar condenadas.
Ellas están dispuestas a cruzar la frontera indocumentadas por pasos no habilitados, llevando la droga vía bucal, vaginal o tragándose las bolsas. Por llevar esa carga, les pagan entre 300 mil y 400 mil pesos chilenos. Cuando aceptan, estas mujeres le dicen a sus hermanas o a la vecina: ‘oiga, véame a los hijos, voy y vuelvo en dos días’. Pero son descubiertas y quedan en prisión preventiva acá en Chile. Esas mujeres quedan incomunicadas porque, especialmente las que provienen de pueblos indígenas, no tienen teléfono en la casa ni celulares, a veces ni siquiera hay señal”, explica Aranda. 
A juicio de los expertos consultados en esta investigación, el encarcelamiento femenino ocurre cuando las mujeres recurren al microtráfico como un mecanismo desesperado de subsistencia. Ante la falta de oportunidades formales para generar ingresos, la venta de drogas se convierte en la única vía para alimentar a sus familias. La precariedad es una constante que se repite y se entrelaza en casi todas las historias de quienes habitan hoy una celda.
Según sus propios relatos, la gran mayoría ha sufrido la pobreza extrema y la violencia intrafamiliar. Muchas arrastran historias de violencia de género ejercida, casi siempre, por sus parejas sentimentales. A esto se suma el rezago educativo: no terminaron su escolaridad, lo que les cierra las puertas a trabajos con remuneraciones dignas para sostener a los suyos. Al final del día, el tráfico de drogas asoma como la única alternativa económica viable para mantener el hogar, tal como lo recalca María Jesús Fernández.
“Esta realidad está bien estudiada. No es una aseveración antojadiza que el involucramiento de mujeres en delitos de drogas esté fuertemente vinculado a que este ilícito les permite seguir ejerciendo roles de cuidado al interior de los hogares, ya sea mientras guardan un paquete o lo transportan a algún lugar. Estas mujeres cumplen un rol que no es preponderante dentro de las organizaciones criminales, en su mayoría asumen tareas de muy baja escala. Pero estas conductas se han tendido a criminalizar de gran manera, llevando a un aumento explosivo en la privación de libertad de mujeres, principalmente madres, desde que se promulgó la ley. Hay que insistir en que no es antojadiza esta afirmación, los estudios demuestran el aumento de esta criminalización hacia ellas”.​​​​​​​
Aunque la criminalización femenina ha aumentado desde la promulgación de la nueva Ley de Drogas, el Estado sigue sin ofrecer programas efectivos para una verdadera reinserción social y laboral. Las escasas herramientas que entregan los organismos no cambian el panorama de fondo en la vida de las internas. Al interior de los penales, los talleres disponibles suelen limitarse a oficios que perpetúan estereotipos de género, como cursos de peluquería o cuidado de uñas. 
Sin embargo, estas alternativas no les garantizan un desarrollo laboral idóneo en el mundo exterior. Al quedar sin opciones reales, muchas vuelven a recaer en el tráfico de drogas como única vía para sostener sus hogares. El escenario sería muy distinto si los recursos se enfocaran en una reinserción integral, particularmente para aquellas condenadas a penas cortas. En muchos casos, estas sentencias podrían cumplirse con medidas alternativas, lejos del encierro de una cárcel.
“Con un trabajo sobre reinserción social, de empleabilidad, de educación, es posible cumplir una condena. Especialmente las penas bajas, que en el caso de hurto son muy bajas. Son condenas que podrían cumplirse con arresto domiciliario, con otro tipo de control y con un acompañamiento para que las mujeres puedan reinsertarse en el mundo laboral. Alejarlas de sus familias es una medida que va en la dirección contraria a la reinserción. Los estudios señalan que las personas, con el tiempo, van desistiendo de la criminalidad precisamente alentadas por sus familias. Solo entonces tienen mayores posibilidades de reinserción”, sostiene Rodrigo Lillo.
Otro aspecto fundamental para lograr un cambio real es la salud mental de las mujeres privadas de libertad. Al arrastrar historiales de violencia intrafamiliar o abuso sexual, su autoestima suele estar destrozada y su situación emocional es de extrema fragilidad. Estando encarceladas y, en muchos casos, separadas de sus hijos, el futuro proceso de reinserción se vuelve una montaña difícil de escalar. Estas mujeres saben perfectamente que los delitos que cometieron son acciones negativas. El problema es que la necesidad urgente de subsistir y de entregarles mejores condiciones a sus familias se impone como la prioridad absoluta de sus vidas.
“No es que haya que educarlas en lo que está bien o está mal. Ellas lo saben. El problema es que una mujer que antes no tenía trabajo, saldrá de la cárcel con antecedentes. Si antes tenía pocas posibilidades de conseguir un empleo bien remunerado, ahora tendrá opciones nulas. Se debe hacer un trabajo integral. La mayoría llega a la cárcel siendo víctima de abuso sexual, abuso físico o violencia intrafamiliar. Es vital generar talleres para reafirmar su autoestima, no es un asunto que deba dejarse de lado. Además, debería distinguirse en la penalidad el hecho de que se trate de una mujer. Cuando se priva a una mujer de libertad, se está privando a una familia completa. Por lo tanto, no creemos que el Derecho deba aplicarse igual para hombres y mujeres; hacer esa distinción no afectaría el principio de igualdad”, subraya Keomara Henríquez.
Frente a la insuficiencia de las medidas estatales para miles de madres encarceladas, asoma una luz de cambio en el Congreso. Actualmente, el Senado discute el denominado “Proyecto de Ley Sayén”, que cursa su primer trámite constitucional. Presentada en 2017 por los senadores Alejandro Navarro y Jaime Quintana, la iniciativa pretende modificar el Código Procesal Penal. Su objetivo es cambiar las condiciones en que se aplica la prisión preventiva o el cumplimiento efectivo de sentencias a mujeres embarazadas y madres de menores de tres años. De aprobarse, abriría la puerta a medidas alternativas, como el arresto domiciliario total o la suspensión de la condena hasta que el lactante cumpla esa edad.
Lo que busca el Proyecto de Ley Sayén es limitar el uso de la prisión preventiva en mujeres embarazadas o con hijos menores de tres años. Esta iniciativa propone dos ideas matrices. La primera, que no se pueda decretar prisión preventiva para mujeres en esa situación. En segundo lugar, en el caso de recibir penas privativas de libertad, la condena debería ser suspendida hasta que el niño cumpla los tres años. La Red de Acción Carcelaria considera que este proyecto es fundamental. Hoy en Chile no existe ninguna norma que obligue a los jueces, al Ministerio Público o a la defensa a considerar el embarazo de una mujer al momento de decretar una medida cautelar. Tampoco se considera la maternidad al definir el tipo de condena que se va a imponer”, sostiene María Jesús Fernández.
Esta iniciativa es ampliamente valorada por el mundo jurídico que trabaja de cerca con la población penal femenina. Quienes conocen esta realidad han sido testigos de cómo las políticas estatales fracasan al intentar asegurar el respeto a los derechos de las internas. Esta vulneración golpea de forma particular su rol de madres. Al cumplir penas efectivas en recintos diseñados por y para hombres, sin un enfoque de género real, terminan habitando espacios improvisados que no reúnen las condiciones mínimas para la crianza. El Proyecto de Ley Sayén se vislumbra entonces como una vía concreta para proteger la maternidad, permitiendo esquivar la precariedad estructural que hoy define a las cárceles del país.
“Hay consenso en que es sumamente positivo. Es un punto de avance para todas las personas que están vinculadas al sistema penitenciario y que buscan incorporar un enfoque de género en las políticas públicas, especialmente respecto a las mujeres privadas de libertad y a los niños. De hecho, a nivel internacional hay legislaciones que contemplan la suspensión de condena. La figura jurídica puede ser indistinta; puede ser una suspensión de la pena, revisar la prisión preventiva, o incluso una conmutación por otro tipo de sanción para ellas”, sostiene Sandra Haro.​​​​​​​
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Sin embargo, más allá de cualquier reforma legislativa que permita el ejercicio efectivo de la maternidad tras las rejas, los expertos coinciden en que el Estado chileno sigue en deuda. El hacinamiento, la falta de oportunidades reales para la reinserción y una infraestructura deficiente para el embarazo y el posnatal vulneran, a juicio de María Jesús Fernández, los derechos fundamentales de la población carcelaria.
“En Chile falta muchísimo por avanzar para asegurar un trato digno y garantizar los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad. Esto abarca desde las condiciones materiales y el trato del sistema, hasta el respeto al derecho de contacto con el mundo exterior y el acceso a prestaciones de salud. Son un sinfín de situaciones que nos impiden afirmar que en Chile se cumplan los estándares internacionales”, sostiene Fernández.
En la misma línea, el senador Alejandro Navarro, autor del Proyecto de Ley Sayén, asegura que las cárceles chilenas requieren un mejoramiento urgente de sus condiciones elementales. Para el parlamentario, es difícil que una mujer pueda cumplir una condena acompañada por sus hijos (incluso si estos superan los cinco años) bajo el estándar actual.
“Hemos propuesto el límite de tres años en el proyecto, pero debemos debatirlo. El objetivo es mejorar las condiciones para que el cumplimiento de la pena permita a las mujeres aprovechar el tiempo en educación y preparación. Hay un estrés postraumático evidente, tanto al tener al hijo dentro de la cárcel como al dejarlo para cumplir la pena. La situación interna no se diferencia mucho de la del resto de la población penal. Las cárceles en Chile y en América Latina son una bomba de tiempo; requieren un tratamiento especializado y un recinto pensado en mujeres. La dificultad radica en mantener el arraigo y la cercanía permanente entre madre e hijo”, expone.
Asimismo, el senador Navarro insiste en que, más allá de la necesaria reforma estructural con perspectiva de género, es posible implementar cambios inmediatos. A su juicio, el mayor abandono está en la gestión de Gendarmería.
“Es posible mejorar las condiciones internas para que las mujeres puedan tener el menor costo en su condición de madres y que puedan sentir que este es un proceso que viven y que no las haga reincidir. Creo que lo más importante es la reinserción y la rehabilitación, y eso está absolutamente abandonado por Gendarmería de Chile. Hoy sólo se enfocan en el resguardo y no hay rehabilitación y menos reinserción. Eso no existe. Sólo existe en el papel, en programas de cuya evaluación yo tengo profundas dudas, ya que tienen grandes errores y en esto hay una coincidencia incluso dentro de los propios profesionales encargados de estos programas al interior de Gendarmería”, afirma. 
Además, recalca la necesidad de programas de acompañamiento efectivo para los niños que deben ser retirados al cumplir dos años. A su juicio, la solución definitiva debe apuntar a penas que no corten los vínculos.
“Los hijos no pueden quedar abandonados a la suerte de familiar que les toca y esto significa un programa integral que posibilite, de manera permanente, una conexión con la madre que está pagando su delito. Aunque lo definitivamente claro es que este tipo de penas, y apostando a la no reincidencia y a la rehabilitación, se pudieran cumplir en casa con cárcel domiciliaria y en condiciones que habría que determinar. Yo diría que nadie tiene la propuesta ideal y además real. Eso es parte del debate. En lo que sí hay mucha claridad es que, tal como están hoy día las cosas, el problema se posterga a futuro y los costos los paga la sociedad y el Estado en materia de la relación delictual de los niños o la reincidencia de las propias madres. Hay una extraordinaria oportunidad de hacer que estas madres no vuelvan a reincidir y que sus hijos, que han pasado por este trauma, sean ciudadanos formados y que aporten a la sociedad alejados de todo tipo de delincuencia”.
Sin embargo, la eventual promulgación de la Ley Sayén no eliminaría por completo la vulnerabilidad de estos menores. Aunque la legislación actual busca el bien superior del niño, el encierro los aísla de los estímulos necesarios para un desarrollo íntegro. A pesar de esto, al estar junto a su madre, al menos cuentan con una protección emocional que el Estado rara vez les garantiza en el exterior.
“El tema está en que la alternativa no es una alternativa que cubra la protección que ese niño requiera tener. Entonces, a la larga, la propia solución se pisa y boicotea a la alternativa. Porque, por un lado, tú tienes una decisión que se regula normativamente a nivel administrativo, no por rango legal, sino a nivel administrativo se regula para que los niños puedan quedar sólo hasta los dos años para proteger al niño, pero esa protección lo deja en desprotección. Entonces, ¿por qué no incorporar elementos que particularicen la situación? Que particularicen y permitan que, dependiendo de las circunstancias, una instancia evaluadora pueda determinar si el hijo de esta persona se encuentra peor fuera que dentro. Y en función de ellos, permitirse la extensión del tiempo de ese niño dentro de la cárcel junto a su madre, como una única regulación. Porque probablemente pueden haber mujeres que digan ‘no quiero más a mi hijo conmigo, no porque no lo quiera, sino porque ese espacio verdaderamente es malo y creo que tiene posibilidades de estar mejor fuera’”, subraya Olga Espinoza.​​​​​​​
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